Estimados señores de la FIA.

He visto que pesa sobre mi una sanción de 4 puntos por atajar en mi vuelta rápida de la clasificación.
maestroo: vuelta 8 minuto 0:12

Tras ver la repetición compruebo que se trata de la primera curva, una curva muy pronunciada de derechas con un angulo de giro de unos 130 grados ( aprox ) a la que se llega a una velocidad aproximada de 245 Km/h. En dicha curva me voy largo y me salgo de la pista por el exterior de la curva, pudiendo reincorporarme sin riesgo para nadie, y seguir mi vuelta, que resultó ser la más rápida de la clasificación. En esa vuelta hago un tiempo de 2'02"027 Que me sirve para ser 19, por delante de Mikinnen y Pelukas ( que no marcó tiempo ). Siendo el primer parcial de 0'37"924.

Aclarado todo esto solicito a la FIA una aclaración relativa a la sanción, sanción que no discuto pero que no entiendo, esto es... En esa primera curva, con la salida de pista incluida, no gano tiempo sino que lo pierdo, ya que las características de la curva hacen que alargar ahí no beneficie en tiempo por vuelta, de hecho, ese primer sector no es mi mejor primer sector ya que en vueltas en las que no me salgo tengo tiempos mejores. En resumen, mi pregunta es ...

¿ Se van a sancionar salidas de pista en la clasificación aunque no aporten beneficio en el tiempo por vuelta ?.

Muchas gracias por la repuesta que seguro será satisfactoria y aclaratoria.